CONVENIO COLECTIVO 501/07
EMPRESAS PERTENECIENTES AL SECTOR DE LA INDUMENTARIA Y DE LA CONFECCION.
OBRA SOCIAL:
*Contribucion Patronal: (6% menos Fondo Solidario de
*Redestribución- exANSSAL)
*Aporte Trabajador: (3% menos Fondo Solidario de Redestribución- exANSSAL)
FONDO DE ASISTENCIA SOCIAL: Contribución Empresaria: 2%.
CUOTA SINDICAL: Aporte del Trabajador: 3%.
CUOTA SOLIDARIA: Aporte del Trabajador (únicamente para NO afiliados): 2%.
CONTRIBUCION EMPRESARIA PARA CAPACITACIÓN: $ 3.- POR TRABAJADOR COMPRENDIDO.
CONTRIBUCIÓN EMPRESARIA PARA SEPELIO: $ 3.- POR TRABAJADOR COMPRENDIDO.
El salario del trabajador está compuesto por un sueldo básico y otros adicionales (sumas fijas convencionales, antigüedad, premios, horas extras, etc.). Los aportes y contribuciones se efectúan sobre el total de los rubros remunerativos. No obstante ello, hay un MONTO MÍNIMO IMPONIBLE para el caso que, el total sujeto a retenciones no llegara a este monto mínimo, el aporte deberá efectuarse sobre este.
Los trabajadores de tiempo parcial, deberán asimismo contribuir y aportar sobre dicho mínimo imponible.
Este MONTO MÍNIMO IMPONIBLE, surge de sumar el sueldo básico de la categoría convencional en que reviste el trabajador, mas las sumas fijas convencionales, mas un 20% aplicado sobre la suma de los dos rubros antes descriptos.
Ejemplo:Sueldo básico convencional Categoría "C" empleados
.........$ 1.250.-
Suma fija remunerativa
$ 250.-
Sub total
.
$ 1.500.-
20%
...$
300.-
Total para el cálculo de los aportes y contribuciones .........$ 1.800.-
NORMATIVA LEGAL:
Ley 23.660 art. 18.
Ley 26.474
Convenio Colectivo de Trabajo 501/07, artículo 4to. Inciso G), modificado
por el punto 6 acta acuerdo SETIA/FAIIA del 20/11/09.
Resolución M.T. Nº 9/2006.
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